Servicios de Auditoría

Servicios de auditoría. Son aquellos referidos a los distintos tipos de auditoría: auditoría financiera, auditoría operativa, auditoría de control interno y estudios de carácter especial, considerando como parte de este último, aquellos de los que puedan derivarse posibles responsabilidades administrativas, civiles y penales.

 

Auditoría Financiera: Comprende la auditoría de estados financieros que tiene por objetivo determinar la razonabilidad de los mismos, de conformidad con el marco normativo aplicable.

 

Auditoría Operativa: Es el examen objetivo, sistemático y profesional de las operaciones, realizado con el fin de evaluar en forma independiente el desempeño de una entidad, programa o actividad, a efecto de mejorar la eficacia, eficiencia y economía en el manejo de los recursos públicos, para coadyuvar en la toma de decisiones por parte de los responsables de adoptar acciones correctivas.

 

Auditoría de Control Interno: Comprende estudios relativos a evaluaciones del sistema de control interno para determinar su cumplimiento, validez y suficiencia; pueden versar sobre uno o todos sus componentes funcionales y puede ser aplicado sobre un objeto de fiscalización en particular o a toda la organización, en este último caso, en cuanto al diseño y aplicación del modelo legal y técnicamente establecido; todo lo cual estará definido en los planes anuales así como delimitado en el alcance de cada estudio particular.

 

Auditoría de Carácter Especial: Comprende aquellos estudios independientes encaminados al examen de aspectos específicos, de orden contable, financiero, presupuestario, administrativo, económico, jurídico, y operaciones de otra naturaleza ligadas al manejo de fondos públicos y que son originados, por denuncias; por el estudio de irregularidades determinadas al ejecutar auditorías operativas o financieras; y por aquellos asuntos planificados que no se enmarcan en los propósitos de las auditorías Financieras, Operativas y de Control Interno.

Servicios preventivos. Corresponden a las competencias establecidas para las auditorías internas en los incisos d) y e) del artículo 22 de la LGCI 8292, que se refiere a los servicios de asesoría, advertencia y de autorización de libros.

 

          Advertencia: Es un servicio preventivo que brinda la Auditoría Interna al Ministro y a los órganos pasivos que fiscaliza, por medio del cual realiza observaciones en forma escrita para prevenir lo que legal, administrativa y técnicamente corresponde sobre un asunto determinado o sobre situaciones, decisiones o conductas, cuando sean de su conocimiento, a fin de prevenir posibles consecuencias negativas de su proceder o riesgos en la gestión.

 

          Asesoría: Es un servicio preventivo (puede ser verbal o escrito) que brinda el Auditor Interno oportunamente al jerarca en materia de su competencia, sin perjuicio de las asesorías en esa materia que a criterio del Auditor Interno correspondan a otros niveles de la organización. Con la  asesoría el  Auditor  Interno emite su criterio, opinión u observación sobre asuntos estrictamente de su competencia, sin que sean vinculantes para quien los recibe y sin que menoscabe o comprometa la independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus demás competencias, sin manifestar inclinación por una posición determinada ni sugerir o recomendar.

 

          Autorización de libros: Es un servicio preventivo que consiste en la fiscalización periódica de la efectividad del manejo, autorización y control de libros o registros relevantes y necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno. Incluye autorizar mediante razón de apertura y cierre de libros de contabilidad y de actas que llevan las diferentes dependencias de la organización, así como otros libros que a criterio del Auditor Interno sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.

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