|
Introducción
En el mes de marzo del 2002, la Comisión Interina
de Medidas Fitosanitarias aprobó la Norma NIMF No.15, “Directrices para reglamentar
el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional”.
El objetivo de esta Norma es implementar medidas
fitosanitarias para reducir el riesgo de introducción y diseminación de
plagas cuarentenarias asociadas a embalaje
fabricado de madera en bruto de coníferas y no coníferas, utilizado en el
comercio internacional, plagas que pueden constituir una amenaza para los
árboles vivos principalmente.
Las entidades responsables para velar por su
cumplimiento, son: el Ministerio de Agricultura y Ganadería por medio del
Servicio Fitosanitario del Estado, con el apoyo de aduanas, autoridades
portuarias, productores y otras entidades involucradas dentro de la
actividad.
Materiales regulados por la norma
Embalaje
de madera en bruto de coníferas y no coníferas como: tarimas, madera de
estiba, jaulas, barriles, tablas para carga, collarines de tarimas, bloques y
cajones.
Materiales excluidos de la norma
Embalaje
de madera fabricado en su totalidad de productos derivados de la madera como:
contrachapado, tableros de partículas, tableros de fibra orientada, hojas de
chapa que se han producido utilizando pegamentos, calor y presión o una
combinación de los mismos. También se excluye subproductos de la producción
de chapa que requiere procesamiento a altas temperaturas, el aserrín, las
virutas de madera en bruto o cortada en trozos de poco espesor (menores a 6 mm.)
Tratamientos aprobados
-Tratamiento
Térmico (HT) para
madera descortezada, temperatura
mínima en el centro de la madera: 56ºC durante 30
minutos
-Secado
en horno
-Impregnación
química a presión si cumple con las especificaciones del HT por medio del uso
de vapor, agua caliente o calor seco.
Fumigación
con Bromuro de Metilo
|