TRÁMITES DE IMPORTACION

 

GUIA PARA LOS TRAMITES DE IMPORTACION DE PLANTAS, PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL

PREVIO A LA IMPORTACION

1. Todos los productos vegetales como plantas (semillas, esquejes, plantas enteras, etc.), productos vegetales (granos, frutas, hortalizas, raíces, tubérculos, etc.) y subproductos de origen vegetal (harinas, nueces, etc.) requieren de autorización previa de importación, tal como se establece en el artículo 51 de la Ley Nº 7664 de Protección Fitosanitaria. Se exceptúan los subproductos que por su constitución física o por los altos procesos de transformación a que han sido sometidos no ofrecen ningún riesgo fitosanitario, por ejemplo frutas secas o congeladas, harinas enriquecidas, especias molidas, etc.

2. El interesado deberá presentar solicitud escrita para cada importación por medio del Formulario de Autorización de Desalmacenaje (FAD) ante Ventanilla Única del Ministerio de Comercio Exterior (VUCE), Tel. 233-9918.

3. En los casos de expedición de permisos fitosanitarios para la importación de la flora silvestre, se debe adjuntar a la solicitud, el visto bueno expedido por el Ministerio del Medio Ambiente del país respectivo.

4. Los importadores de productos o subproductos vegetales para la elaboración de concentrados para animales deberán estar inscritos ante el Centro de Investigación y Nutrición Animal (CINA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería, Tel. 253.7019.

5. Después de estudiada la solicitud, el Departamento de Cuarentena Vegetal expide la correspondiente autorización fitosanitaria previa, la cual contiene los requisitos fitosanitarios que se han establecido y que son exigidos por COSTA RICA. En caso de que no existan requisitos establecidos para algún producto se deberán seguir los procedimientos a cumplir según lo determinado en la Guía Técnica ARF 01.

6. No se expedirán autorizaciones fitosanitarias de importación para aquellas mercancías que hayan llegado a puerto, aeropuerto o paso fronterizo.

7. La autorización fitosanitaria previa a la importación tiene una validez de 30 días y el Servicio Fitosanitario del Estado está facultado para suspenderla ante la presencia de alguna plaga o enfermedad en el país exportador que afecte la especie vegetal o los productos objeto de la importación.

GUIA PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN FITOSANITARIA DE IMPORTACION

Es necesario proceder a llenar el Formulario de Autorización de Desalmacenaje (FAD) que se adquiere en Ventanilla Única de Comercio Exterior (100 m norte del Banco de Costa Rica, Paseo Colón, Tel. 233-9918) y entregarlo con los datos solicitados en el mismo lugar. La información solicitada es la siguiente:

1. Nombre, dirección y teléfono del importador (obligatorio).

2. Cédula Jurídica o de identidad del importador (obligatorio).

3. de factura (s) (opcional).

4. Nombre y dirección del vendedor en el país de origen (obligatorio)

5. Fecha de ingreso del producto (aproximado)

6. Fecha de caducidad (este documento tiene un mes calendario de vigencia a partir de la fecha de emisión)

7. Nombre y dirección del consignatario (puede ser el mismo importador) (obligatorio)

8. Conocimiento del embarque según la modalidad: carta de porte, guía aérea o conocimiento de embarque marítimo, emitido por el transportista (si no se conoce se pone “en tránsito”).

9. Puerto de embarque / desembarque (obligatorio)

10. Aspecto físico del producto y tipo de embalaje. Indicar de que se trata: legumbres o frutas frescas, plantas, esquejes, granos, semillas, harina, etc. y el tipo embalaje: paletas, bultos, en cajas plásticas, etc. (obligatorio).

11. País de origen. En caso de Estados Unidos se debe de indicar el Estado de origen (por ejemplo Estados Unidos, Florida). (obligatorio)

12. Aduana de desalmacenaje (obligatorio).

13. Nombre, teléfono y licencia de la Agencia Aduanal (si fuera por el desalmacenaje por ese modo)

14. Modalidad de transporte. Aéreo, terrestre, marítimo (obligatorio)

15. Clasificación. Indicar la partida arancelaria que identifique el producto según el Sistema Armonizado Centroamericano (SAC) (obligatorio). NOTA. Este dato es muy importante ya que es base para determinar, junto con el siguiente punto de que tipo de producto se trata para adjudicar los requisitos fitosanitarios.

16. Descripción de la mercadería. Se debe indicar el nombre común y el nombre científico del producto (género y especie: p.e. Solanum tuberosum, en caso de no conocerse la especie se acepta solo el genero p.e. Gladiolus sp.), la clase de producto (semilla botánica, granos, esquejes con o sin raíz, bulbos, frutas, hortalizas, madera, etc.); y su uso (para siembra, consumo fresco, industria, etc.) (obligatorio)

17. Cantidad. En kilos, litros o unidades. (obligatorio)

18. Valor CIF. (opcional). NOTA. Las casillas 15, 16, 17 y 18 deben cerrase con la leyenda “última línea”.

19. Observaciones (opcional)

20. Valor CIF total. (opcional)

21. Nombre y número de cédula del representante del importador o consignatario (obligatorio)

22. Autorizaciones. Solo para uso del MAG.

Toda importación de productos genéticamente modificados, además de cumplir con todos los requisitos establecidos en los manuales o guías técnicas de requisitos específicos, deberá tener la autorización de la Comisión de Bioseguridad, la cual se obtiene en la Comisión Técnica de Exoneraciones y Biotecnología de la Dirección de Protección Fitosanitaria del MAG.

NACIONALIZACION

En el momento de llegada de las importaciones de plantas, productos vegetales o subproductos de origen vegetal, deberán estar acompañados de su respectivo Certificado Fitosanitario expedido por la autoridad fitosanitaria del país de origen, el cual debe ajustarse a la condición de los requisitos establecidos en la Autorización Previa para la importación. Se deben presentar los tres documentos originales: FAD, Autorización Previa y Certificado Fitosanitario, además de los otros documentos aduaneros al funcionario de la Dirección de Protección Fitosanitaria y solicitar la inspección y revisión fitosanitaria en el puerto, aeropuerto o paso fronterizo de entrada con el fin de proceder a la expedición o no de la nacionalización.

Para mayor información puede contactar al Departamento de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Protección Fitosanitaria.


Teléfono 2260-85 01 Fax 2260-82 96